AFIP actualizó montos a partir de los cuales los bancos y billeteras deben informar transacciones

Viernes 24 De Mayo De 2024

El organismo recaudador modificó una resolución para que las entidades financieras y billeteras digitales informen los movimientos de las cuentas que manejan. Cuáles son los nuevos topes.

AFIP: a partir de qué monto supervisa cuentas bancarias y billeteras virtuales

En el caso de acreditaciones, extracciones en efectivo y saldos mensuales de todas las cuentas, el monto mínimo se eleva de $200.000 a $700.000. 

En el supuesto de consumos con tarjetas de débito del titular y adicionales, ese importe se eleva de $120.000 a $400.000.

También se elevaron  los montos previstos para los sujetos que administran, gestionan, controlan o procesan movimientos de activos a través de plataformas de gestión electrónicas o digitales, incluidos los Proveedores de Servicios de Pago (PSP) que ofrecen cuentas de pago.

En esos casos, en el supuesto de ingresos o egresos totales, el monto se eleva de $120.000 a $400.000 y los saldos mensuales de $200.000 a $700.000.

Para ambos regímenes de información, indicaron desde AFIP, se prevé una cláusula de actualización cada seis meses.

Esta medida representa un paso más del Estado Nacional para constituir una Administración Pública ágil, moderna y transparente.

El cálculo, detallaron, se realizará sobre la base del coeficiente que surja de las variaciones del Índice de Precios al Consumidor Nivel General (IPC) que publica el INDEC.

REFERENCIAS AFIP