Confirman que Gilmar Claros Ferrel fue estrangulado en la comisaría

Un dictamen forense contundente y sin atenuantes sacude los cimientos de la causa penal que investiga el Juzgado de Instrucción Penal N° 3 de Río Gallegos: la autopsia practicada a Gilmar Claros Ferrel (35) confirmó de manera categórica que su muerte, ocurrida en la Comisaría 7°, fue una asfixia mecánica por compresión cervical extrínseca por estrangulamiento, cuyo colapso final fue provocado por la falta absoluta de oxígeno en el cerebro.
La autopsia de Gilmar Claros Ferrel, el hombre que murió después de ser detenido y trasladado a la Comisaría Séptima de Río Gallegos, registró 14 lesiones externas recientes y tres hallazgos internos. El detalle incluye moretones, heridas, marcas en distintas partes del cuerpo, sangrado en el cuello y la laringe, fracturas en las costillas delanteras y sangre en la pared del estómago. La investigación judicial debe establecer cómo se produjeron las lesiones y las eventuales responsabilidades.
La noche del pasado 16 de octubre quedará grabada a fuego en la provincia de Santa Cruz. Lo que en un principio fue comunicado por las autoridades como un repentino deceso por descompensación y consumo abusivo de alcohol en los calabozos de una dependencia periférica de Río Gallegos, hoy se ha transformado en un caso de extrema gravedad institucional.
El dramático derrotero que culminó con la muerte de Claros Ferrel comenzó a tejerselas últimas horas de aquel viernes, cerca de las 22:35, en la noche de una jornada que había llegado a los 17° de temperatura cuando, en el barrio San Benito -ubicado en la periferia de la capital santacruceña- se registró un pedido de auxilio que ingresó al Gimnasio Municipal Indio Nicolai.
De acuerdo con los datos recabados en la instrucción que lleva adelante el Juzgado de Instrucción N° 3, a cargo del magistrado Gerardo Giménez, un niño de apenas 10 años cruzó corriendo la calle con el rostro desfigurado por el pánico para pedir ayuda, asegurando que su padrastro estaba agrediendo a su madre en el domicilio familiar situado justo enfrente del complejo deportivo.
Los primeros uniformados en arribar al lugar se encontraron con un escenario confuso: un hombre en aparente estado de alteración y con aliento etílico, y una mujer de 36 años, identificada como PLR, quien presentaba una lesión visible en la encía y el labio inferior.
La versión policial original intentó instalar que el demorado sufrió una súbita descompensación al ingresar a la celaduría. Según aquel parte preliminar, los agentes habrían iniciado de inmediato las maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) y convocado a una ambulancia, cuyos profesionales intentaron salvarle la vida utilizando un desfibrilador eléctrico en reiteradas oportunidades, hasta que el médico de guardia certificó el deceso.
En un principio, fuentes ligadas a la fuerza deslizaron que la víctima acumulaba más de dos gramos de alcohol por litro en sangre y que padecía afecciones cardíacas previas que habrían precipitado el colapso orgánico.
Sin embargo, el blindaje de la versión oficial comenzó a resquebrajarse cuando los peritos forenses concluyeron la autopsia de rigor. El dictamen médico fue categórico: el deceso se produjo por “asfixia mecánica por compresión cervical extrínseca por estrangulamiento”.
La investigación quedó a cargo del Juzgado de Instrucción N.º 3 y las diligencias fueron encomendadas a Gendarmería Nacional, con el objetivo de que una fuerza distinta de la Policía provincial intervenga en el esclarecimiento del procedimiento.