La Defensa pidió 2 años y 4 meses de prisión condicional para el ex militar que mató al estudiante
La defensora Vanesa Vera solicitó dos años y cuatro meses de prisión condicional por homicidio culposo. Mientras que el fiscal Martín Cárcamo pidió 6 años y 8 meses por el agravante del arma. La pena se conocerá el 10 de julio.

Ya la semana pasada en el juicio por jurados en relación al homicidio del estudiante universitario Emiliano Ávila se había condenado a Jorge Alberto Barberis por homicidio culposo por el tribunal popular que lo decidió de manera unánime, abonando aspi la teoría de la Defensa y no de la Fiscalía.
Hoy se realizó la audiencia de cesura o imposición de pena, en donde se conoció el planteo de la defensora Vanesa Vera quien solicitó dos años y cuatro meses de prisión condicional dentro de la escala de 6 meses a 5 años de prisión que establece el artículo 84 del Código Penal.
Mientras que el fiscal Martín Cárcamo, citó en su alegato de pena el agravante del arma de fuego y perforó el máximo con el pedido de 6 años y 8 meses de prisión que es el máximo en esa escala penal.
La resolución y la pena para el ex militar Barberis se conocerá finalmente el próximo 10 de julio.
Para la Defensa, Barberis debía responder la responsabilidad del homicidio del estudiante a título de «culpa o imprudencia, o negligencia». Barberis a lo largo del proceso declaró y sostuvo que los disparos fueron para ahuyentar a esa persona que ingresó a su domicilio cuando estaba junto a su esposa de 77 años, sus nietos de 17 y 5 años. En el juicio quedó acreditado a través de testimonios que había ingresado una persona al patio de Barberis y que esta persona habia entrado por los patios de los vecinos. Barberis dijo que estaba en familia, lo que lo hizo tomar un arma y realizar dos disparos desde la terraza. Lo que sostuvo la Defensa es que esos disparos nunca tuvieron la intencion de dar muerte a una persona. Todos estuvieron de acuerdo tanto el proceso de investigación como en el juicio por jurados que Avila no era quien estuvo en el patio de Barberis sino que fue herido mortalmente cuando caminaba justo por las calles de La Loma.
«Fue una fatalidad, el joven Avila se encontró en esa esquina, en ese momento, en donde Barberis le habia sucedido esa circunstancia» dijo Vera que pudo convencer al jurado popular de la teoría de la imprudencia y de esa manera condenarlo por homicidio culposo y no doloso que planteaba la Fiscalía. «No habia una intencion deliberada de matar, hizo un uso descuidado de arma, tiene que responder a titulo de negligencia» dijo Vera.
Para Cárcamo, Barberis «tenía la intención de matar a alguien, era deliberada la intención de matar, no se puede sostener que a Emiliano Ávila se lo mata por imprudencia”. Planteó que Barberis es un militar retirado, trabajó 30 años en el Ejército, es decir que tiene un conocimiento en el manejo de armas de fuego y por ello había solicitado al tribunal que se lo declare culpable de “homicidio doloso, agravado por el uso de arma de fuego” y que «no es un hecho de inseguridad” pero que era doloso. Ya ha adelantado incluso públicamente Cárcamo que apelará el fallo popular.